El bonus es intocable aunque estés de baja o de permiso
En una sentencia reciente del 16 de enero de 2026, el Tribunal Supremo ha ratificado que excluir los días de baja y permisos legales del cómputo del bonus es ilegal y discriminatorio. Te lo explicamos en este artículo.
Redactado por Espacio Pymes¿Puede una empresa recortar tu bonus o retribución variable si has estado de baja médica o has disfrutado de un permiso de conciliación? Hasta ahora, muchas compañías utilizaban el concepto de "jornadas productivas" para penalizar estos periodos. Sin embargo, el Tribunal Supremo acaba de cerrar la puerta a esta práctica de forma definitiva.
La empresa había implantado un sistema de incentivos que solo premiaba el trabajo efectivo. Bajo este esquema, si un empleado enfermaba o pedía un permiso para cuidar a un familiar, esos días no contaban como "productivos", lo que reducía drásticamente su retribución variable al final del periodo.
El sindicato FeSMC-UGT llevó el caso ante la justicia, y tras una primera victoria en la Audiencia Nacional, el Supremo ha confirmado íntegramente el fallo.
¿Por qué reducir el bonus lo considera discriminación el TS?
La sentencia es contundente y se apoya en dos pilares fundamentales:
Discriminación por salud: Según la Ley 15/2022 de igualdad de trato, penalizar económicamente a alguien por estar en situación de incapacidad temporal (IT) es una discriminación directa por razón de enfermedad.
Brecha de género: El tribunal señala que recortar el bonus por permisos vinculados a cuidados (embarazo, adopción, hospitalización de familiares) constituye una discriminación indirecta contra las mujeres, quienes estadísticamente asumen mayoritariamente estas tareas de conciliación.
¿Qué permisos quedan protegidos?
El fallo blinda los derechos recogidos en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, asegurando que no afecten al cobro del variable en casos como:
Enfermedad grave u hospitalización de familiares.
Funciones sindicales.
Permisos vinculados al embarazo, parto o adopción.
Bajas por enfermedad común o accidente.
Esta sentencia no solo afecta a una empresa concreta, sino que sienta un precedente para todo el tejido empresarial español. El mensaje es claro: los bonus y sistemas de incentivos no pueden diseñarse de forma que vulneren derechos fundamentales.

La incapacidad temporal no puede utilizarse como excusa para reducir salarios ni incentivos. – Sentencia del Tribunal Supremo.
Desde el sindicato UGT han calificado el fallo como un "correctivo importante", celebrando que se deje de castigar a los trabajadores por "enfermar, cuidar o conciliar". Además, la sentencia refuerza el papel de los sindicatos para impugnar este tipo de políticas de forma colectiva.
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